Escuela
spinnaker
FERROL
Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER)Atribuciones
del título
Gobierno de embarcaciones de recreo, a motor o a motor y vela, hasta 12 mts.
de eslora y potencia de motor adecuada, para navegaciones realizadas entre
la costa y la línea de 12 millas paralela a la misma. Así como
la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario.
Condiciones de obtención
Haber cumplido 18 años de edad, o 16 años con consentimiento
paterno o de tutor.
Aprobar el examen teórico correspondiente
Aprobar el examen práctico o haber realizado las prácticas de
seguridad y de navegación de al menos tres días y cuatro horas
de duración mínima cada día
Superar un reconocimiento médico.
Documentación a presentar en la Administración en caso de:
Solicitud de Examen
Solicitud de Título (Expedición)
Convalidación
Renovación
Pérdida
Modificación de datos03/06/2008
Contenido
del examen teórico
Tiempo mínimo: Cuarenta y cinco minutos.
Test de veinte preguntas, de las que hay que responder
correctamente el 70 por 100 globalmente a
excepción de las cinco preguntas del Reglamento de
Abordajes de las que no se pueden fallar más de dos.
El test se repartirá en los siguientes grupos:
Tres preguntas sobre Nomenclatura Náutica.
Tres preguntas sobre Seguridad.
Cuatro preguntas sobre Navegación.
Tres preguntas sobre Propulsión a Motor o Vela (dependiendo
la opción escogida).
Cinco preguntas sobre el Reglamento de Abordajes.
Una pregunta sobre Balizamiento.
Una pregunta sobre Legislación.
PROGRAMA PARA LA OBTENCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN FEDERATIVA
PARA EL MANEJO DE EMBARCACIONES DE RECREO
Materias comunes a vela y motonáutica
1. Nomenclatura náutica:
1.1 Dimensiones. Conceptos de eslora, manga y
calado.
1.2 Partes de la embarcación. Proa. Popa. Línea de
flotación. Costados. Babor. Estribor. Obra viva, obra
muerta, cubierta y sentina.
1.3 Estructura, accesorios y elementos auxiliares:
Quilla, pasamanos, timón, hélice, imbornales, cornamusas
y bitas.
1.4 Elementos de amarre y fondeo: Cabo, chicote,
seno, gaza, firme y vuelta. Noray, muertos, boyas, defensas,
bichero. Concepto de ancla, rezón, fondear, levar
y garrear.
2. Seguridad:
2.1 Precauciones para no perder la flotabilidad: Grifos
y tapones de fondo. Bocina. Desagües e imbornales.
Medios de achique para embarcaciones que naveguen
a una distancia máxima de cuatro millas de la costa.
2.2 Emergencias: Hombre al agua, maniobra para
librar al náufrago de las hélices, maniobra de recogida.
Maniobras de dar y tomar remolque. Riesgo al hacer
combustible. Derrames. Gases explosivos en espacios
cerrados. Gobernar a la mar con mal tiempo.
3. Navegación:
3.1 Concepto de los peligros para la navegación:
Bajos, piedras que velan. Concepto de milla náutica y
nudo.
3.2 Navegación en aguas poco profundas: Rompientes.
Precauciones con bañistas y buceadores. Precauciones
al entrar en aguas no balizadas.
3.3 Planificación de una salida: Autonomía en función
del consumo. Previsión meteorológica.
4. Propulsión:
4.1 Características de los motores fueraborda y dentrofueraborda,
interior y propulsión a turbina, en cuanto
a su instalación.
4.2 Instrumentos de control y mandos de maniobra
del motor.
5. Convenio Internacional para Prevenir los Abordajes:
Regla 3: Definiciones.
Regla 5: Vigilancia.
Regla 6: Velocidad de seguridad.
Regla 7: Riesgo de abordajes.
Regla 8: Maniobra para evitar los abordajes.
Regla 9: Canales angostos.
Regla 12: Derecho de paso entre embarcaciones a
vela.
Regla 13: Situación de alcance.
Regla 14: Situación de vuelta encontrada.
Regla 15: Situación de cruce.
Regla 16: Maniobra de quien cede el paso.
Regla 17: Maniobra de quien sigue a rumbo.
Regla 18: Obligaciones entre categorías de embarcaciones.
Regla 19: Conducta de las embarcaciones con visibilidad
reducida.
6. Balizamiento:
6.1 Marcas laterales de día, región «A»: Significado
e identificación.
6.2 Marca de peligro aislado: Significado, forma,
tope y color.
7. Legislación:
7.1 Atribuciones de esta titulación.
7.2 Zonas prohibidas o con limitaciones a la navegación.
Playas (señalización), acantilados. Limitaciones
a la navegación establecidas en los reglamentos de policía
de puertos.